Este trámite se encuentra establecido en el Art. 28, letra f, del Decreto Exento N°2272/07, el que permite a los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado, solicitar a la División de Educación General del Ministerio de Educación autorización para regularizar cursos a estudiantes, chilenos/as o extranjeros/as, que se encuentren en las siguientes situaciones:
- Estudios incompletos (no se realizó el proceso de validación del (de los) curso(s) anteriores en su oportunidad; estudiantes provenientes de otros establecimientos sin Reconocimiento Oficial; no existe información de que estudiantes hayan cursado el(los) curso(s) anterior(es); estudiantes que no cuentan con matrícula provisoria -no se solicitó o ésta se encuentra sin vigencia)
- Rezago pedagógico (niños, niñas y adolescentes que han estado fuera del sistema escolar, y su último certificado es de un curso que no corresponde a su edad; estudiantes que presentan diferencias de dos a tres años respecto del curso al que deberían asistir; estudiantes que presentan varias repitencias en sus trayectorias educativas -se puede regularizar solo hasta 2 años-)
- Otros casos (estudiantes licenciados/as que no cuentan con algún curso de educación media, y no pueden inscribirse para rendir exámenes libres; egresados/as o licenciados/as que aparecen reprobados/as en algún curso de la educación media, y no pueden obtener su NEM, ni concentración de notas para continuar estudios; certificaciones extraviadas que no aparecen en acta; estudiantes que aparecen retirados/as de la institución, pero cuentan con licencia de educación media; entre otros).
- La solicitud de regularización de estudios se puede realizar para uno/a o más estudiantes del establecimiento a la vez, y será evaluada por la División de Educación General, a través de la Unidad de Normativa.
- Para realizar la solicitud se debe subir en esta plataforma un oficio fundamentando la petición, adjuntando la nómina de estudiantes y copia de su identificación (RUT o IPE), y un plan de apoyo para que los/as estudiantes alcancen los objetivos de aprendizaje mínimos necesarios para que cursen con éxito el(los) curso(s) en el(los) cual(es) lo/a(s) desea(n) ubicar (sólo en los casos de estudios incompletos o rezago pedagógico). Descargue los formatos tipo desde el sitio Comunidad Escolar.
- La solicitud debe ser ingresada hasta el mes de junio de cada año.
- En el caso que la solicitud sea favorablemente acogida, la División de Educación General elaborará una autorización, la que será enviada al correo institucional informado en el formulario (verifique en SIGE si el correo se encuentra actualizado).
IMPORTANTE: Verifique que haya correspondencia entre los estudios realizados en el extranjero y la tabla de equivalencia vigente en los Convenios de Reconocimiento de Estudios firmados por Chile, cuando corresponda.